Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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ricardo monreal avilaLos senadores que no formen parte de las comisiones dictaminadoras podrán presentar voto particular respecto del texto que se discute, siempre y cuando éste contenga la firma de un legislador integrante de ellas.

Lo anterior forma parte de la propuesta central de una reforma al Reglamento del Sendo de la República, que el coordinador del Partido del Trabajo, Ricardo Monreal Ávila, formuló en la sesión ordinaria de este jueves.

Explicó que el Reglamento especifica que el voto particular únicamente puede ser emitido por los integrantes de las comisiones dictaminadoras, hecho que limita a los senadores que no pertenezcan a la Comisión o Comisiones unidas dictaminadoras manifestar su punto de vista personal al respecto.

Indicó que el voto particular es la expresión formal que el legislador realiza sobre algún asunto en una ley o decreto, con independencia de la opinión general, ya sea en sentido positivo o negativo.

Hizo notar que en materia parlamentaria mexicana, los miembros del Congreso pueden emitir un voto particular para mostrar que no está de acuerdo o considera insuficiente las razones para votar a favor o en contra de un dictamen en la Asamblea.

En el voto particular el legislador explica las razones y argumentos que de manera personal sostiene sobre estos dictámenes para que éstas queden establecidas en el Diario de Debates, añadió.
 
Así, la Mesa Directiva de ambas Cámaras del Congreso someten al pleno --con el número de votos requeridos legalmente--  la aprobación o rechazo, uno a uno los artículos, siempre que se hayan reservado.

En ese sentido, la reserva está orientada a corregir, perfeccionar u omitir total o parcialmente uno o varios artículos. Este proceso requiere que el proyecto de ley o decreto haya sido aprobado en lo general por el pleno de la Cámara de que se trata, subrayó Monreal Ávila.

No admitir el voto particular de cualquier senador, “es injusto porque todos somos iguales, los 128”, y podemos tener observaciones concretas sobre la ley que se está aprobado, en la que yo no estoy de acuerdo, y quiero que se registre en el Diario de Debates en un voto particular, finalizó.

La iniciativa encaminada a modificar el Artículo 188 del Reglamento se turnó a las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias; y de Estudios Legislativos, Primera.

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