Número-680

  • La Cámara de Senadores analizará el Convenio 98 relativo a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva.
  • La Segob también remitió el Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, para su aprobación.

La Secretaría de Gobernación (Segob) remitió al Senado, para su aprobación, el Convenio 98 relativo a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, adoptado en Ginebra, Suiza, el 1 de julio de 1949, en el marco de la 32 Reunión del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo.
Este instrumento internacional tiene el propósito de dotar a los trabajadores de una adecuada protección contra todo acto de discriminación, tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo.
El Convenio fue turnado a las comisiones unidas de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales; de Relaciones Exteriores; y de Trabajo y Previsión Social.
La Segob también remitió el Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, adoptado en Ginebra, Suiza, el 27 de noviembre de 2014.
El Protocolo busca modificar el Anexo 1A relativo a los “Acuerdos Multilaterales sobre Comercio de Mercancías”, a fin de incorporar a dicho Anexo el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, que contiene disposiciones para agilizar el movimiento y despacho de mercancías, incluidas aquellas que se encuentren en tránsito, con miras a fomentar el comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros.
El documento fue turnado a las comisiones unidas de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales; de Relaciones Exteriores; y de Comercio y Fomento Industrial.

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