General_3Con 85 votos a favor, tres abstenciones y cero en contra, el Senado de la República reformó el Artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones para que los servicios  de telefonía puedan pagarse por segundo.

Con este cambio, cuando los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones ofrezcan a los usuarios, en sus contratos o planes tarifarios, servicios o componentes tarifados con base en la duración del tiempo de la comunicación, la unidad de medida para el cobro será el segundo.

Además, dispone que los concesionarios también podrán brindar otros servicios o componentes mediante contratos o planes tarifarios donde el cobro sea por minuto, evento, capacidad, bloque o cualquier otra modalidad.

Para ello, deberán prestar servicios sobre las bases tarifarias y de calidad contratadas con los usuarios.

Desde la tribuna, el senador priista Fernando Castro Trenti, expresó que “de ninguna manera rehuimos a la responsabilidad de entrar al fondo de una modificación que cambie las reglas del juego entre el usuarios de los servicios y el prestador, ni estamos sujetos a ningún chantaje o presión”.

Por ello, manifestó la disposición de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, de la que es titular, para “hacer el cambio de fondo” que reclaman los usuarios, pues “no vamos a permitir que año tras año los concesionarios esquilmen a la sociedad”.

La senadora de Acción Nacional, María Teresa Ortuño Gurza, destacó que presentó una iniciativa para evitar cobros adicionales en telefonía, a fin de que “no exista ninguna duda sobre el procedimiento jurídico de los que queremos los senadores” en este tema.

En opinión del senador Tomás Torres Mercado “el tema de fondo no está resuelto” porque “los precios serán acomodados por la empresa dominante”, pues para los concesionarios es voluntaria la continuación de contratos y planes tarifarios.

“Los planes y contratos --reiteró-- van a continuar en los mismos términos”, porque no se le reconoce ni se le otorga al usuario la posibilidad de la terminación voluntaria de éstos.

Advirtió que si realmente se tiene la voluntad para acotar “la voracidad de las concesionarias” se tiene que regular la procedencia de los amparos que promueven en contra de los órganos reguladores de telecomunicaciones, ya que no hay ni un sólo acto que no hayan impugnado.

Por el PT, el senador Ricardo Monreal Ávila señaló que “la reforma no está completa”, pues las telefónicas no tienen la obligación de terminar o cancelar los contratos cuando lo decidan los usuarios y aplican “el cobro arbitrariamente” aunque no se haya solicitado el servicio.

“El problema --enfatizó-- es acotar el abuso de las telefónicas para que el usuario no padezca este robo en despoblado”, por lo que es necesario incorporar estos puntos a la reforma.

El senador Dante Delgado, de Convergencia, coincidió en que se requiere una modificación legal profunda “porque si no estaremos dejando a la interpretación subjetiva” la reforma de los órganos reguladores y los intereses que gravitan en torno a ellos.

Se pronunció porque los usuarios puedan optar por la continuación voluntaria de los planes o contratos o su terminación cuando no tengan pago pendiente, aunque se le haya convenido lo contrario, pero su propuesta fue rechazada por el pleno.

En el dictamen, que quedó pendiente de votación la sesión anterior, se menciona que pagar sólo tiempo efectivo de las llamadas telefónicas es un reclamo de más de noventa millones de usuarios.

Se agrega que actualmente el artículo 60 de la Ley prevé que los concesionarios tengan la posibilidad de fijar libremente las tarifas de los servicios de telecomunicaciones al público en general.

Dicha libertad tarifaria --enfatizaron los legisladores-- ha permitido a los concesionarios implementar  diversas estrategias comerciales como el prepago y pos-pago e incrementar la penetración y densidad de los servicios de telecomunicaciones.

Pero, “el hecho de que los concesionarios cobren a los usuarios las llamadas por minuto o redondeo aun cuando no corresponda al tiempo efectivo de la llamada, afecta los intereses de los usuarios de telefonía”.

Sobre todo porque la Comisión Federal de Telecomunicaciones  determinó que las tarifas de interconexión entre redes debe aplicarse con una tasación por segundo o tiempo real.

El dictamen se turnó a la Cámara de Diputados para sus efectos Constitucionales.


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