La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad el dictamen que expide la ley para crear el Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.

Con ello se establece una base de datos que podrá ser consultada por las autoridades, facilitará la búsqueda de personas desaparecidas y dará seguimiento a los casos denunciados.

El Registro será un instrumento del Sistema Nacional de Seguridad Pública que organizará y concentrará la información sobre personas desaparecidas en todo el país, así como de aquellos que se encuentren en algún establecimiento de atención, resguardo, detención o internación.

Con dicho ordenamiento toda autoridad administrativa o judicial que tenga conocimiento de una persona extraviada o que reciba alguna denuncia por su desaparición, deberá de comunicarlo de manera inmediata al Registro Nacional con el nombre completo, edad, domicilio, procedencia y señas particulares de la persona.

Además, de su fotografía, fecha, hora y lugar en donde se le vio por última vez o fue localizado, los datos de la autoridad administrativa o judicial que comunique la denuncia o el reporte de localización, así como el número de expediente o averiguación previa en su caso.

Se advierte que hacer uso indebido de las constancias, documentos y demás medios de identificación, relacionados con el registro será sancionado con una multa de dos mil a cuatro mil salarios mínimos.

Además, se castigará con una multa de 10 mil a 15 mil salarios mínimos a quien alterare, omita, simule o permita registros o avisos en forma ilícita, reporte datos falsos o facilite información a usuarios o terceros que no tengan derecho, acceda sin autorización a la información del Registro o no denuncie alguna irregularidad teniendo la obligación de hacerlo.

En el dictamen los senadores expusieron que el secuestro representa una constante noticia en la vida diaria del país, por estar directamente relacionado con la comisión de delitos como la trata de personas, pornografía, tráfico de órganos, adopción ilegal, explotación laboral infantil, abuso sexual, entre otros.

En la discusión del tema, el senador priista Adolfo Toledo Infanzón manifestó que estos delitos son problemas de seguridad pública que afectan gravemente la unidad familiar y “por desgracia se han incrementado en los últimos años”.

Por ello --consideró-- “es prioritario atender esta problemática con medidas legislativas y administrativas, pues hasta hora las políticas diseñadas han demostrado que no son acordes con la realidad, ya que se ha visto que aumentar el número de policías, penas y contratar asesores externos no contribuye a disminuir el problema de la inseguridad”.

En este escenario, agregó, es indispensable aprobar la Ley del Registro Nacional de Datos para Personas Extraviadas o Desaparecidas, para apoyar en las investigaciones de búsqueda, localización y ubicación, en coordinación con los estados para el suministro, intercambio y sistematización de la información.

En tanto, el senador del PRD, René Arce, destacó que durante los últimos cinco años la Comisión Nacional de los Derechos Humanos registró cinco mil 397 expedientes de personas reportadas como extraviadas o ausentes y de ocho mil 898 personas fallecidas que no han sido identificadas por las autoridades correspondientes.

Según datos de las procuradurías estatales, añadió, los estados donde más desapariciones ocurren son Baja California, Coahuila, Durango, Nuevo León, Sinaloa y Tamaulipas, todos ellos con altos índices de violencia generada por el narcotráfico.

El legislador destacó que la CNDH también informó que 11 mil 333 migrantes fueron secuestrados por organizaciones criminales y 12 periodistas han desaparecido desde el año 2000; en tanto, la ONU reveló que desde 2006 han desaparecido alrededor de 3 mil personas en México.

La impunidad, enfatizó, es el común denominador en estos casos.

El dictamen se aprobó con 80 votos a favor y se envió a la Cámara de Diputados para sus efectos Constitucionales.

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