819El senador Arturo Núñez Jiménez presentó reformas a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia Electoral, a fin de “hacer expresas y concretas” las causas de nulidad en elecciones federales, cuando las irregularidades determinen el resultado de los comicios.

El legislador perredista consideró como violaciones sustanciales de carácter invalidante que durante la campaña electoral los partidos políticos o los candidatos realicen erogaciones que excedan del 5 por ciento del tope de gastos fijados para la elección de que se trate.

Lo anterior, precisó, debe quedar acreditado fehacientemente durante la etapa de resultados electorales.

Entre otros supuestos, la propuesta contempla como violación la acreditación del uso de recursos de origen ilícito o provenientes de la delincuencia organizada durante las precampañas o campañas.

Además, cuando haya existido una campaña generalizada en medios de comunicación social a favor o en contra de un candidato o partido político en contravención de lo dispuesto en la Constitución y se acredite que tal violación, por su duración e impacto en el electorado, fue determinante para el resultado de la elección.

También se considera como causa de nulidad que algún servidor público, de cualquier orden de gobierno, realice actividades proselitistas en favor o en contra de un partido político o candidato, de manera tal que implique el uso de fondos o programas gubernamentales para fines electorales.

Para ello, Núñez Jiménez propuso que la competencia y plena jurisdicción del Tribunal Electoral exista para anular una elección de diputados, senadores y de Presidente de la República, pues la causal genérica prevista para la elección del Congreso “no responde” al mandato de la Constitución para contar con un sistema impugnativo.

De esta manera, las salas del Tribunal podrán declarar la nulidad de una elección cuando se hayan cometido violaciones sustanciales durante su preparación y desarrollo, que vulneren de manera grave los principios constitucionales y legales que rigen los procesos electorales.

Lo anterior, siempre que se demuestre que tales violaciones no pudieron ser combatidas en la etapa procesal oportuna y que son determinantes para el resultado de la elección.

Asimismo, planteó la causal de nulidad por hechos ocurridos en el distrito o entidad de que se trate, o en el caso de la elección presidencial en el territorio nacional, durante la jornada electoral, violaciones sustanciales a los principios constitucionales y legales que rigen los procesos electorales.

El senador por Tabasco dijo que estas medidas fueron una de las demandas de la reforma Constitucional de 2007 en materia electoral, ya que en el proceso comicial de 2006 el marco normativo fue “limitado e insuficiente y constituyó en uno de los obstáculos del proceso democratizador”.

La iniciativa se turnó a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera.

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