COMUNICADO-483

• El propósito es salvaguardar la seguridad pública y prevenir uso indebido de armas y castigar conductas ilícitas

La Cámara de Senadores recibió de la Cámara de Diputados dos minutas que reformar y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que buscan prevenir el uso indebido de las armas, salvaguardar la seguridad pública y sancionar con prisión a quien posea armamento de uso exclusivo del Ejército.

Una de las minutas, que adiciona el artículo 83 Quintus al ordenamiento citado, establece que a quien, de manera ilícita, posea cargadores de cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, se le sancionará con prisión máxima de hasta cinco años y multas de 100 a 200 días de salario mínimo.

En las consideraciones de estas minutas se advierte que el tráfico de armas es una amenaza a la seguridad de las personas y un reto para las instituciones de orden y seguridad.

Menciona que la propagación de armas tiene impactos negativos en la seguridad, en los derechos humanos y sociales, así como en la vida de las personas, sobre todo en zonas con elevados niveles de criminalidad y violencia.

Señala que la delincuencia organizada es uno de los principales problemas de seguridad pública en el país y los índices delictivos van en aumento, lo que se ha traducido en severos daños y afectaciones en la vida y expectativas de la población mexicana.

Las minutas fueron modificadas por la colegisladora y serán analizadas en las Comisiones Defensa Nacional, Estudios Legislativos, y de Estudios Legislativos Segunda.

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