COMUNICADO-455

• Contempla hasta cuatro años de prisión para quien incurra en esa práctica.

El proyecto busca reducir los riesgos de afectación en la práctica de actividades físicas, recreativas o deportivas, así como prevenir y erradicar el uso de sustancias y métodos no reglamentarios que pudieran derivarse del dopaje.

Los diputados proponen que los tres órdenes de gobierno capaciten a los cuerpos policiacos y demás autoridades encargadas de la seguridad, en el uso apropiado de sus atribuciones, así como en técnicas y tácticas especiales para resolver conflictos y “extinguir” actos de violencia que puedan suscitarse en los recintos.

Además, sugiere castigar con penas de seis meses a dos años de prisión y de cinco a treinta días de multa, a aquellas personas que lancen objetos contundentes que por sus características pongan en riesgo la salud o la integridad de las personas.

Se plantea sancionar con seis meses a tres años de prisión y de diez a cuarenta días de multa a quien ingrese sin autorización a los terrenos de juego y agreda a las personas o cause daños materiales; y de seis meses a cuatro años de prisión y de diez a sesenta días de multa a quienes participen activamente en riñas.

Para las personas que inciten o generen violencia, causen daños materiales en los bienes o inmuebles, introduzcan armas de fuego, explosivos o cualquier arma prohibida, plantea sanciones de un año seis meses a cuatro años seis meses de cárcel y se les suspenda su derecho de asistir a eventos deportivos por un plazo equivalente a la pena de prisión que le resulte impuesta.

En el documento, que fue enviado a las comisiones de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos Primera, se destaca la necesidad de promover mecanismos y acciones encaminados a prevenir la violencia en eventos deportivos y garantizar su desarrollo pacífico.

Precisa que la seguridad en la cancha o área de competencia, en los vestidores y baños para jugadores y en los corredores que los comuniquen, será responsabilidad exclusiva de las asociaciones o sociedades deportivas que avalen el evento y de los organizadores.

A petición expresa de los dirigentes, intervendrán las autoridades municipales, estatales o federales según sea el caso, “salvo que la intervención sea indispensable para salvaguardar la vida o la integridad de los jugadores, de las personas o de los bienes que se encuentren en dichos espacios”.

Se establece que la seguridad en los alrededores de los recintos deportivos corresponde a las autoridades municipales o al Distrito Federal, según corresponda, mientras que a solicitud de los organizadores los tres órdenes de gobierno participarán en la seguridad del interior de los recintos y sus instalaciones anexas.

Recibe Senado minuta sobre derecho a la identidad y a la gratuidad del acta de nacimiento

En la misma sesión, la Mesa Directiva remitió a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos Segunda, una minuta que modifica el artículo 4 de la Constitución, afecto de establecer que toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento.

En el documento enviado por los diputados se precisa que el Estado deberá garantizar el cumplimiento de dichos derechos y que la autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.

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