758El senador Antonio Mejía Haro presentó reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos electorales para que las encuestas o sondeos de opinión electorales cuenten con el aval del IFE.

De aprobarse la propuesta quedaría prohibida la publicación de este tipo de mediciones 15 días antes de los comicios, con el propósito de no incidir en la elección de los votantes.

El legislador del PRD dijo que estos instrumentos de investigación cada día tienen mayor presencia en la agenda nacional porque sirven como recurso para orientar la toma de decisiones en los ámbitos públicos y privados.

“Sin embargo --advirtió--, en materia electoral el síndrome de la encuestitis en que se ha caído propició que muchas encuestas carezcan de credibilidad, pues son realizadas por empresas patito, que no utilizan metodologías serias, muestras representativas ni cuestionarios debidamente estructurados”.

Señaló que también es frecuente que envíen los resultados a los medios de información, quienes en ocasiones los dan a conocer sin verificar su autenticidad ni calidad, afectando con ello a las empresas encuestadoras serias, de prestigio y alta reputación.

En opinión del senador por Zacatecas, las deficiencias para regular con más rigor la aplicación, publicación y difusión de los sondeos en materia electoral “ha hecho que con facilidad se manipulen y difundan resultados apócrifos que dan como ganadores a aquellos que los mandan a hacer o que los pagan”.

De acuerdo a la reforma, durante los quince días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas quedaría prohibido publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias los ciudadanos.

Las personas físicas o morales que pretendan llevar a cabo encuestas por muestreo para dar a conocer las tendencias de las votaciones a través de los medios escritos y electrónicos, adoptarían criterios generales de carácter científico.

Entre otras medidas, las casas encuestadoras quedarían obligadas a definir detalladamente la población de estudio de la encuesta, sondeo o conteo, así como especificar claramente que los resultados se refieren sólo al universo estudiado en un tiempo determinado.

Además, las empresas tendrían que explicar el método que se utilizó para recopilar la información y detallar si se hizo mediante técnicas de entrevistas persona a persona, grupos de enfoque o mediante alguna técnica o método indirecto alternativo.

La iniciativa se turnó a las comisiones de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda.

--oo0oo--